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Constitución de la Monarquía Española de 1845 |
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Artículo 42 - La persona del Rey es sagrada e inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Son responsables los ministros. |
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Artículo 43 - La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior, y a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes. |
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Artículo 44 - El Rey sanciona y promulga las leyes. |
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Artículo 45 - Además de las prerrogativas que la Constitución señala al Rey, le corresponde:
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Artículo 46 - El Rey necesita estar autorizado por una ley especial:
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Artículo 47 - El Rey, antes de contraer matrimonio, lo pondrá en conocimiento de las Cortes, a cuya aprobación se someterán las estipulaciones y contratos matrimoniales que deban ser objeto de una ley.
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Artículo 48 - La dotación del Rey y de su familia se fijará por las Cortes al principio de cada reinado. |
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