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Constitución Federal de la República Española (NO PROMULGADA)(17 de Julio de 1873) |
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Artículo Preliminar.- Toda persona encuentra asegurados en la República, sin que ningún poder tenga facultades para cohibirlos, ni ley ninguna autoridad para mermarlos, todos los derechos naturales. |
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1º. El derecho a la vida, y a la seguridad, y a la dignidad de la vida.
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Estos derechos son anteriores y superiores a toda legislación positiva. |
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