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Constitución Federal de la República Española (NO PROMULGADA) |
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TÍTULO XVI: De la Reserva Nacional |
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Artículo 112º.- Se establece una Reserva Nacional forzosa. |
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Artículo 113º.- Todos los ciudadanos de 20 a 40 años pertenecen a la Reserva. |
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Artículo 114º.- Todos los ciudadanos de 20 a 25 años deberán emplear un mes anualmente en ejercicios militares; todos los ciudadanos de 25 a 30, quince días, todos los ciudadanos de 30 a 40, ocho.
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