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Constitución Española 1978 (6 de diciembre de 1978) - Portal Fuenterrebollo

ORÍGENES DEL SANTO OFICIO

En el principio de todas las religiones se encuentra la búsqueda de una interpretación para la existencia del Mal. Con el tiempo, el pensamiento humano logró sintetizar dos concepciones teológicas:

§

El Monismo que contempla la existencia de un único Dios, origen y causa de todo lo creado, incluso también del Mal.
En el
Monismo, el Mal proviene del libre albedrío, esto es, Dios regala a las criaturas la capacidad de poder elegir entre el Bien y el Mal.
El cristianismo, procedente del
Monismo judío, la elección del Mal es llevada a efecto primero por un grupo de ángeles encabezados por Lucifer, y posteriormente por el hombre instigado por el Demonio.

§

El Dualismo donde coexisten dos principios antagónicos e indestructibles: el Bien y el Mal.
La religión
Dualista practicada por Zoroastro en el Imperio Persa, denominando 'Ormuz' al principio del Bien (simbolizado por la Luz y el Fuego) y 'Ahriman' el principio del Mal (simbolizado por la oscuridad y las tinieblas).
Los dos principios (el Bien y el Mal) se encuentran siempre en lucha constante dentro del hombre. Esta religión incorpora la idea de un alma inmortal y una vida futura.

LOS CÁTAROS.- La teología cátara apoya su concepción Dualista en el Evangelio de San Juan.
El texto evangélico emplea la palabra 'nihil', que en su traducción puede ser utilizado como adverbio (nada) o como sustantivo (la nada). En este sentido,
     La traducción católica:
"Todo ha sido hecho por Él, y sin Él nada se hizo"
     La traducción cátara:
"Todo ha sido hecho por Él, y sin Él se hizo la nada"

Para los cátaros, el Bien esta en Dios, soberano y omnipotente. El Mal es el Diablo, nihil (la nada), y de él ha nacido todo lo material y corruptible, toda su obra ha nacido del caos y a él volverá.

Los cátaros se consideraban cristianos y se sentían descendientes directos de los apóstoles. En consecuencia, rechazaban al catolicismo considerándolo obra del Demonio.

La herejía del catarismo se difunde principalmente en Languedoc (Mediodía francés), espacio con límites físicos sin precisar, donde se hablaba una lengua romance en común, la 'lengua de oc'.
El desarrollo económico de Languedoc coincide con la extensión de la herejía cátara.

En 1198 suceden dos acontecimientos que marcarán la herejía del catarismo.

Por un lado, Raimundo VI hereda el Condado de Tolosa, donde el catarismo se encuentra muy arraigado.

Por otra parte, un nuevo pontífice, Inocencio III, se propone desarrollar un ambicioso programa con dos directrices básicas:
       
Liberar los Estados Latinos de los sarracenos con una nueva Cruzada.
       
Luchar contra la herejía cátara en Lombardia y el sur de Francia.

La formación de la nueva Cruzada no es tarea fácil, los reyes de los más importantes Estados europeos se encuentran en continuas luchas con los señores feudales para afianzar su independencia y poderío.
En 1204 la
Cuarta Cruzada acaba con una brutal masacre y el saqueo de Constantinopla (capital del Imperio Bizantino).

En 1199 Inocencio III, para acabar con la expansión de la herejía cátara en Languedoc, Lombardia y algunos territorios de los Estados Pontificios, promulga la Bula 'Vergentis In Senium' proveyendo la excomunión contra las ciudades que protejan a los herejes.
Raimundo VI mientras mantenía una posición respetuosa con la Iglesia, al mismo tiempo, considerando la situación social del Condado tenía una posición tolerante con la herejía cátara.

Domingo de Guzmán, clérigo español nacido en Caleruega (Burgos), monje cisterciense, que acompañando al Obispo de Osma tuvo la oportunidad de vivir la realidad social de Languedoc.
En Montpellier expuso a los legados pontificios la mejor forma de combatir la herejía cátara: "Explicar la teología católica a través del ejemplo de la pobreza y la propia vida".
El Papa Inocencio III acogió la idea de Domingo de Guzmán.
Para combatir a la herejía cátara con sus métodos, Domingo de Guzmán propuso crear la orden de los 'Hermanos Predicadores', solicitud que fue rechazada por Inocencio III.

La intensa acción de los predicadores de Domingo de Guzmán no consiguió buenos resultados. En mayo de 1207 el Papa Inocencio III excomulgó a Raimundo VI de Tolosa.

En 1208, Pere de Castelnau, delegado de Inocencio III es asesinado. Las sospechas del crimen recaen en Raimundo VI, el Pontífice proclama la Primera Cruzada contra el Conde de Tolosa y los herejes cátaros que acampan en sus territorios.

La situación es aprovechada por el rey francés Felipe II Augusto, que encuentra el momento de expandir sus dominios (Languedoc rendía vasallaje al reino de Aragón), y accede gustoso a que sus vasallos acudan a la nueva Cruzada contra los cátaros.
Raimundo VI, temeroso ante el poderoso ejército cruzado a las órdenes de Simón de Monfort, solicitó el perdón de Inocencio III. Raimundo VI consiguió el perdón.

Ante esta situación, la defensa de la Occitania quedó en manos de su sobrino Ramón Roger Trencavel (vasallo del rey de Aragón). La cruzada dirigida por Simón de Monfort penetró en Languedoc devastando todo lo que se encontraba a su paso.

En otro plano, Raimundo VI mantenía un doble juego con Inocencio III y el rey de Aragón Pedro II.

El rey aragonés Pedro II se encontraba en una situación complicada, su esposa era heredera de Montpellier, su hermana Leonor estaba casada con Raimundo VI, y en 1204 había jurado vasallaje a Inocencio III al ser coronado en Roma.

En 1211, Inocencio III cansado de la ambigüedad de Raimundo VI con los herejes cátaros, ordenó a Simón de Monfort que se apoderase de Tolosa. Los cruzados fueron derrotados.

En 1213 Pedro II acudió a Languedoc al frente de un poderoso ejército en ayuda del Conde de Tolosa. La superioridad del ejército aragonés descuida la estrategia y el monarca aragonés muere en la batalla. El cuerpo de Pedro II es entregado a los Caballeros Hospitalarios para ser enterrado.

Simón de Monfort, sin oposición, va tomando los castillos y poblaciones del Condado de Tolosa. El reparto del botín de la Cruzada crea grandes problemas. Inocencio III toma cartas en el asunto, nombra legado a Pedro y Benavent, y pone al príncipe Jaime I 'El Conquistador', de siete años de edad, prisionero de Simón de Monfort, bajo la custodia de Guillermo de Montredó (Maeste de los Templarios de Aragón, Cataluña y Provenza).

Por otra parte, se prohibió el regreso de Raimundo VI a sus dominios. Los terrenos del Condado de Tolosa que no habían sido tomados por los cruzados pasaron en herencia a su hijo Raimundo VII.

En 1216 muere Inocencio III, y el nuevo pontificado es asumido por Honorio III.

Honorio III, por Bula de 22 de diciembre de 1216, aprobó la fundación de los 'Hermanos Predicadores' de Domingo de Guzmán.

En noviembre de 1220, Honorio III ordenó a Alberto de Magdeburgo, legado papal en el Imperio Románico-Germánico, que solicitase al Emperador Federico II que se hicieran efectivas las medidas para combatir la herejía. Federico II respondió en marzo de 1224 con la 'Ley de la Hoguera'

Por su parte, Amaury de Monfort (hijo de Simón) en 1224 renunció a sus derechos sobre Languedoc a favor del rey francés Luis VIII.

Raimundo VII, Conde de Tolosa, queriendo reconciliarse con la Iglesia, propone expulsar a los herejes cátaros de su territorio si se levanta la pena de excomunión que pesa sobre los suyos y se le devuelven los antiguos dominios de su familia.

Honorio III, después del Concilio de Bourges, respondió rechazando la propuesta del Conde de Tolosa y predicando una Segunda Cruzada contra los cátaros.

El rey francés Luis VIII al frente de la Segunda Cruzada contra los cátaros penetra en Languedoc.

La muerte del rey francés, así como las duras condiciones impuestas al Conde de Tolosa, hicieron que la Iglesia intercediera ante la reina regente Blanca de Castilla, hasta la mayoría de Luis IX, para que aceptase que Raimundo VII ostentará el Condado de Tolosa, territorio que quedaba vinculado a Francia.
La herejía de los cátaros tocaba fin.

LA INQUISICIÓN

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En 1227 el pontificado es asumido por Gregorio IX. El nuevo Papa estuvo de acuerdo con la 'Ley de la Hoguera' establecida en 1224 por el Emperador Federico II.  

El Concilio de Narbona estableció que los Obispos debían proceder a la 'Constitución de Comisiones' de testigos en cada parroquia para de investigar y denunciar a los herejes.  

En el Concilio de Tolosa de 1229, se dio el siguiente paso para Institucionalizar la Inquisición, reconociendo la 'Constitución de Tribunales' encargados de juzgar a los sospechosos de herejía, siendo el Obispo el único Juez responsable del proceso. 

Gregorio IX buscó unificar la legislación canónica y civil contra la herejía, se dictaminó que los condenados de herejía serían entregados a la justicia civil para ser ejecutados en la hoguera y sus cuerpos no tendrían reposo en cementerios.

La autoridad de los Obispos fue cuestionada, sobre todo en territorios como Languedoc donde la herejía de los cátaros se encontraba arraigada en el pueblo.
Para combatir esta situación en Francia, Gregorio IX en 1233 ordenó la creación de
'Tribunales Inquisitoriales', encargando al Prior Provincial de los Dominicos que los hermanos más cualificados, además de su misión predicadora, llevasen a cabo inquisiciones en nombre de la Santa Sede.

LA INQUISICIÓN EN ESPAÑA

La Inquisición consiguió en Languedoc lo que no había conseguido la Cruzada.
Ante el acoso de los inquisidores, los cátaros de Languedoc penetraron en el reino de Aragón.

Los 'Tribunales Inquisitoriales' en Aragón se sometían  a la autoridad de los Obispos.

En 1235 la Inquisición aragonesa es impulsada por Raimundo de Peñafort, gran figura del derecho canónico.

En Castilla no penetra apenas la herejía. El rey Fernando III 'El Santo' impuso a los herejes la confiscación de sus bienes, ser marcados en la cara con un hierro candente y el destierro. 

LA INQUISICIÓN: La herejía razón de Estado

Tras la muerte de Gregorio IX, fue Inocencio IV el nuevo pontífice.

En 1245 Inocencio IV centraliza las inquisiciones en manos de los dominicos.

En 1252 promulga la Bula 'Ad Extirpanda' estableciendo que la herejía es razón de Estado: Para perseguir a la herejía, la Iglesia obliga al poder civil a utilizar la tortura para obtener confesiones en los procesos inquisitoriales.

Con la Bula 'Super Extirpatione' promulgada por Inocencio IV, estableciendo la creación de Provincias Inquisitoriales, la Inquisición se convertía en una institución jurídica en los países católicos.
El Pontífice recomendó participar a los franciscanos (atendiendo a su humildad) en los
'Tribunales Inquisitoriales'.

ESPAÑA: LA INQUISICIÓN Y LOS MORÍSCOS

Enrique IV 

Reyes Católicos 

 

España en la segunda mitad del siglo XV experimenta un profundo cambio con la llegada de los Reyes Católicos. El matrimonio va a suponer la configuración de España como un Estado moderno, con la centralización del poder político y económico.

El 19 de octubre de 1469 se celebra el matrimonio entre Isabel (hija de Juan II de Castilla y de su segunda esposa Isabel de Portugal) y Fernando (hijo de Juan II de Aragón y de Juana Henríquez).

Aunque en 1468 el 'Tratado de los Toros de Guisando' dejaba claro la cuestión sucesoria del reino de Castilla a favor de Isabel, el matrimonio de ésta con Fernando de Aragón enfureció a muchos nobles castellanos, y Juana la Beltraneja fue proclamada heredera del reino de Castilla.

El 13 de diciembre de 1474, Isabel se autoproclama reina de Castilla.

Con la muerte de Enrique IV 'El Impotente', hermanastro de Isabel 'La Católica', da lugar una guerra civil por el reino de Castilla, entre los partidarios de Isabel y los partidarios de su sobrina Juana La Beltraneja (de la que se decía que era hija de don Beltrán de la Cueva 'Duque de Alburquerque', en lugar del rey Enrique IV).

En la guerra civil la nobleza castellana se encontraba dividida, Isabel se encontraba apoyada por el rey Juan II de Aragón, su esposo Fernando, y los York ingleses. Juana la Beltraneja contaba con el apoyo de su esposo Alfonso V de Portugal, Luis XI de Francia y los Lancaster ingleses.

La Guerra finaliza el 26 de septiembre de 1479 con el 'Tratado de Alcaçovas', donde se reconoce a Isabel como reina de Castilla, se concierta el matrimonio de Isabel (primogénita de los Reyes Católicos) con el príncipe Alfonso (heredero del trono portugués), así como el firme compromiso de evitar futuras disputas.

El pontífice Sixto IV en 1481 promulgando la Bula 'Aeternis Regis' confirma el 'Tratado de Alcaçovas'.

Isabel y Fernando comenzaron su reinado con la tarea urgente de pacificar sus territorios.

Muchos judíos fueron obligados a bautizarse, y muchos de ellos consideraron el bautismo como una salida para preservar sus vidas.

El problema de los "conversos" agravó la situación.
Por un lado, los conversos eran víctimas de los viejos cristianos que dudaban de su conversión; por otra parte, los antiguos correligionarios judíos les consideraban traidores a su fe.

Muchos conversos, conservaron sus costumbres y ritos judíos como parte de su idiosincrasia, y siguieron ocupando sus ocupaciones (artesanos, médicos, banqueros, etc).
Las grandes empresas de los Reyes Católicos (Descubrimiento de América, Guerra de Granada) fueron financiadas por judíos y conversos.

Sello de la Inquisición - Portal Fuenterrebollo

EL SANTO OFICIO EN CASTILLA

Alonso Carrillo, Arzobispo de Toledo en 1481, disolvió los Gremios (organizados entre 'viejos' y 'nuevos' cristianos) de la ciudad.
Se prohibió las asociaciones raciales bajo la pena de excomunión.
La decisión del Arzobispo no tenía suficiente fuerza para eliminar las profundas diferencias entre unos y otros.
Por otro lado, la voz popular hacía grande la idea de que los conversos renegaban en secreto del cristianismo, llegando incluso al crimen ritual.

En Andalucía con una situación política distinta, el problema de las juderías era peor.
Situación agravada por el reino de Granada y las actividades poco leales del Duque de Medina-Sidonia hacia los Reyes Católicos.

Bajo la influencia del clero, y de personas de confianza, la reina Isabel solicitó a Sixto IV una Bula para introducir el Santo Oficio en Castilla.

En noviembre de 1478, Sixto IV promulgaba la Bula 'Exigit sinceras devotionis affectus' autorizando a los Reyes Católicos a introducir el Santo Oficio.

PRIMER TRIBUNAL INQUISITORIAL EN ESPAÑA

En un principio, el Santo Oficio quedó en suspenso por los reparos de Isabel 'La Católica'. En este sentido, la reina castellana exhorta al arzobispo de Sevilla, Cardenal Mendoza, para que se explicase en todas las parroquias la doctrina católica e intentar conseguir que los judíos ingresasen en la Iglesia.

Los informes negativos del esfuerzo de catequesis realizado, acabaron por convencer a Isabel de la inutilidad de cualquier medida indulgente, y en septiembre de 1480 designaron inquisidores para el Tribunal Inquisitorial de Sevilla (primer tribunal inquisitorial de España).

La instauración de la Inquisición fue rechazada en Castilla, teniendo que dar los Reyes Católicos una nueva orden en diciembre de 1480 para que los inquisidores pudieran realizar su trabajo.

Definitivamente el 2 de enero de 1481, el Tribunal Inquisitorial de Sevilla se instaló en el Convento de San Pablo. Como respuesta, muchos nuevos cristianos fueron a refugiarse en los territorios del Duque de Medina-Sidonia, del Conde de Arcos, del Marqués de Cádiz, y otros nobles.
Para solventar esta situación, los Reyes Católicos confirmaron que la Inquisición tenía jurisdicción en cualquier lugar del reino.

El Convento de San Pablo se quedó pequeño ante el número de detenciones, teniendo que asignar al Tribunal Inquisitorial el Castillo de Triana.

Se establecieron nuevos Tribunal Inquisitoriales en Córdoba, Ciudad Real y Jaén.
Las arcas del reino iban aumentando con las confiscaciones de bienes de los herejes. Al mismo tiempo, se propagaban las protestas de gente culta, considerando que la Inquisición perseguía indiscriminadamente a la raza antes de hacerlo con cuestiones estrictamente religiosas.

El descontento llegó a provocar un conflicto entre los Reyes Católicos y el pontífice Sixto IV.
Haciéndose eco de las protestas de los conversos, ante los procedimientos inquisitoriales no ajustados a derecho, Sixto IV en enero de 1482 recorta las atribuciones de la Inquisición castellana.

TOMÁS DE TORQUEMADA 'INQUISIDOR GENERAL DE CASTILLA Y ARAGÓN'

Inquisidores 

En 1483 el pontífice Sixto IV, a petición de Isabel 'La Católica', considero conveniente constituir en España un 'Tribunal Inquisitorial' estable.

El 2 de agosto de 1983, Sixto IV promulgó una Bula creando el Consejo de la Suprema y General Inquisición, añadiéndose éste Consejo a los cuatro Consejos Administrativos (Castilla, Aragón, Estado y Hacienda).

Con la Bula del 17 de octubre de 1983, designó a Fray Tomás de Torquemada como Inquisidor General de Castilla y Aragón.

Bula del nombramiento de Tomás de Torquemada como Inquisidor General de Castilla y Aragón - Portal Fuenterrebollo
Bula del nombramiento de Tomás de Torquemada
como Inquisidor General de Castilla y Aragón

Tomás de Torquemada (1420-1498) - Portal Fuenterrebollo

Tomás de Torquemada, hijo de don Pedro Fernández de Torquemada y de doña Mencía Ortega, nació en la localidad de Torquemada (Palencia) en 1420.
Desde muy joven se formó como dominico en el Convento de San Pablo de Valladolid.
En 1452 fue Prior de los dominicos en el
Convento de la Santa Cruz de Segovia .
Desde 1474 fue confesor de los Reyes Católicos.
Fue Miembro del primer Tribunal de la Inquisición, instaurado por los Reyes Católicos en Castilla en 1480, junto a Miguel Morillo, Juan de San Martín y el Cardenal Mendoza.

El 17 de octubre de 1483, Sixto IV promulgó una Bula designando a Tomás de Torquemada Inquisidor General de Castilla y Aragón.

Aunque el Inquisidor General era nombrado por los Reyes, el máximo responsable del Santo Oficio se movía en una jurisdicción mixta eclesiástica-civil.

Para establecer los criterios de actuación del Tribunal Inquisitorial (con una jurisdicción de carácter nacional, de mayor rango que los 'Fueros' que eran instituciones del Reino), Tomás de Torquemada encargó el trabajo a dos asesores jurídicos, don Juan Gutiérrez y don Tristán de Medina.

Para promulgar las primeras normas de la Inquisición, denominadas 'Instrucciones', Torquemada convocó una Junta General Inquisitorial en Sevilla, asistiendo inquisidores de los cuatro tribunales permanentes (Sevilla, Córdoba, Jaén y Villarreal <tribunal trasladado a Toledo>), sus dos asesores (don Juan Gutiérrez y don Tristán de Medina) y los consejeros reales (el obispo don Alonso Carrillo, don Poncio de Valencia y don Sancho Velázquez de Cuéllar).

En noviembre de 1484 se publicaron las 'Instrucciones', un compendio de 28 artículos en los que se establecía las normas de actuación que debían seguir los Tribunal Inquisitoriales

A principios de 1485, Torquemada promulgó 14 artículos más de Instrucciones, conocidas como 'Capitulaciones' por su carácter económico, con competencia exclusiva de los Reyes Católicos.
Señalar que las penas impuestas por el
Tribunal Inquisitorial, dependiendo de la gravedad de la culpa, llevaban implícita una parte pecuniaria, que habitualmente consistía en la confiscación de los bienes del sospechoso de herejía.

En octubre de 1488 se promulgan en Valladolid unas nuevas 'Instrucciones', entre otras cuestiones, en ellas se establecía que el delito de herejía no prescribía nunca, se recomendaba mayor brevedad en los procesos, se hacía hincapié en el riguroso secreto del proceso y de los archivos inquisitoriales, el aislamiento de los presos, a falta de cárceles propias se regula la prisión perpetua en el domicilio del condenado, y donde no hubiera letrados debería enviarse al Inquisidor General copia del proceso para que sus letrados emitieran sentencia.

Tomás de Torquemada procuró la unidad religiosa de España, utilizando la Inquisición como medio de represión, consiguió de los Reyes Católicos la expulsión de los judíos en 1492.

Torquemada, uno de los hombres más poderosos de su época, desempeñó sus cargos eclesiásticos obedeciendo a los intereses económicos y políticos de la Corona.
Concentrado en su cruzada contra la herejía, renunció a los arzobispados de Sevilla y Toledo, manifestando un profundo desinterés por el dinero (que sí utilizó para reconstruir el Convento Dominico de Segovia y construir la Iglesia y el Monasterio de Santo Tomás de Ávila).

Tomás de Torquemada vivió los últimos años de su vida en el Convento de Santo Tomás de Ávila.
En éste convento se promulgó las últimas
'Instrucciones' el 25 de mayo de 1498 (confeccionadas en Toledo por una comisión de expertos).
Su muerte se producía el 16 de septiembre de 1498 en el Convento de Santo Tomás de Ávila

FINAL DEL SANTO OFICIO

Inquisidores 

Guerra Sucesión 

 

España comienza el siglo XVII sin herejías que combatir (habiendo sido expulsados los judíos en 1492, reducido el movimiento protestante en 1562, y desterrado el mahometismo en 1609).
España y su imperio entran en una profunda crisis, consiguiendo mantener su hegemonía gracias al empobrecimiento del país y su alianza con Austria.

El Santo Oficio con la disminución de su actividad sufrió una caída de ingresos.
Hasta la abolición definitiva del Santo Oficio en 1834, su nueva actividad gira en torno a cuatro cuestiones:
           
El control de la literatura y del pensamiento
           Los judeoconversos portugueses
           La milagrería
           La masonería

EL CONTROL DE LA LITERATURA Y DEL PENSAMIENTO.- Con los Reyes Católicos ya existía una preocupación por la influencia de la literatura extranjera. En 1502 se promulgó una 'Pragmática' estableciendo que la edición de libros quedaba bajo el control de licencias expedidas por las Audiencias de Valladolid y Granada, o los obispados de Burgos, Granada, Toledo, Salamanca, Sevilla y Zamora.

& Durante el reinado de Carlos I, se publicó un edicto en 1529 regulando que las traducciones de las Sagradas Escrituras tenían que ser autorizadas por las autoridades eclesiásticas.
El Consejo de Castilla en 1544 obtiene atribuciones para expedir licencias.

 

& Con Felipe II, siendo Inquisidor General Gaspar de Quiroga y Sandoval, apareció una lista de Índices ( libros censurados), incluyendo autores como Bocaccio, Dante o Juan Luis Vives.

 

& En el reinado de Felipe III, las prohibiciones establecidas en España venían con sistema de censura consolidado. Siendo Inquisidor General Bernardo de Sandoval y Rojas se introdujo novedades en la forma de confeccionar las categorías de los Índices - autores prohibidos, obras prohibidas independientes del autor y títulos censurados sin otras referencias.

 

& Con Felipe IV, siendo Inquisidor General Antonio de Zapata Cisneros y Mendoza, se confeccionó el Índice Zapata. A finales del siglo XVII apareció el Índice Sotomayor, elaborado siendo Inquisidor General Antonio de Sotomayor.

 

& En el reinado de Carlos II, siendo Inquisidor General Diego Sarmiento de Valladares, se publicó el Índice Valladares.

 

& Con Felipe V, siendo Inquisidor General Vidal Marín, se publicó el Índice Marín.
A la censura eclesiástica se le impuso tener que subsistir con la censura ejercida por el Estado.
El poder civil tomó posiciones en la vida intelectual española, con la perdida de notoriedad de los Tribunales Inquisitoriales.
El Consejo de Castilla, con atribuciones para otorgar licencias, comenzó a reafirmar su poder, introduciendo cierta apertura en el control de la literatura al salvaguardar a los autores de la censura arbitraria.

 

& En 1747, durante el reinado de Fernando VI, siendo Inquisidor General Francisco Pérez de Prado y Cuesta, se promulgó el Índice Pérez de Prado.
El Santo Oficio, cada vez más débil, intentó frenar la influencia que la Ilustración comenzaba a tener en la sociedad española.
Los ilustrados arremetieron contra la Iglesia a la que acusan de corrupción y de actuar en beneficio propio.
La 'razón' se contraponía con los principios teológicos, anulando sus dogmas y revelaciones, incluso la misma existencia de Dios.

 

& Con el reinado de Carlos IV, siendo Inquisidor General Agustín Rubin de Ceballos, apareció en 1790 el último Índice elaborado por el Santo Oficio.
El triunfo de la revolución francesa en 1789 obligó a Carlos IV a adherirse al Santo Oficio con el fin de evitar el acercamiento de los liberales.
El Santo Oficio pasó a tener un papel político, considerando como herejías el republicanismo de los ilustrados.

 

& Desde la segunda mitad del siglo XVIII a principios del siglo XIX, se siguieron promulgando edictos que prohibían la edición y venta de determinados libros.
El Consejo de Castilla en varias ocasiones contestó a esta política, permitiendo la edición y distribución de textos que la Inquisición había incluido en sus
Índices.

LOS JUDEOCONVERSOS PORTUGUESES.- Con la expulsión de los judíos de España en 1492, las prácticas ocultas del judaísmo eran prácticamente inexistentes.

1 Con el Santo Oficio en plena actividad y el Edicto de expulsión de los judíos promulgado por los Reyes Católicos, muchos judíos españoles emigraron hacía el país vecino de Portugal.
Después de un permiso de residencia en Portugal, los judíos tuvieron que enfrentarse a la conversión o el exilio.
A partir de 1497 los judíos lograron en Portugal un régimen de tolerancia. El dinero de ricas familias judías pudo comprar la tranquilidad, e incluso demorar el establecimiento de la Inquisición que no tuvo los primeros Autos de Fe hasta el año 1540.
En 1547 una Bula del pontífice Paulo III organizó la Inquisición portuguesa con estructura propia independiente.

 

1 En el siglo XVII  existió en España un considerable movimiento de judeoconversos portugueses, realidad motivada por dos circunstancias: <a> La política inquisitorial del rey portugués Juan III. <b> La anexión de Portugal en 1580 al territorio español en tiempos de Felipe II.

El Archiduque Alberto de Austria (sobrino de Felipe II), arzobispo de Toledo y Virrey de Portugal, fue nombrado en 1586 Inquisidor General de Portugal.
Con el nombramiento, la máquina represiva de la Inquisición se acentúo, originando la emigración constante de los judeoconversos portugueses hacía tierras de España. 

Aunque el Santo Oficio en España siguió persiguiendo a los judeoconversos portugueses (con raíces españolas) denunciados, - los procesos de Autos de Fe certifican la existencia del elevado número de asentamiento de judeoconversos -, la severidad de las condenas distaba mucho de las aplicadas en Portugal.  

 

1 El monarca español Felipe III, a cambio de una cuantiosa cantidad de ducados donados por la comunidad judía, solicitó a la Santa Sede el perdón para los judeoconversos portugueses.
En 1604 el pontífice Clemente VIII decreta el perdón solicitado.

 

1 En el reinado de Felipe IV, con la Hacienda Real en bancarrota, el primer ministro Conde Duque de Olivares respaldó la llegada de banqueros portugueses como asentistas reales.

Mientras que el Conde Duque de Olivares es primer ministro (1621 - 1643), los judeoconversos portugueses gozan de un gran respaldo real, aunque no cesa la represión del Santo Oficio.

La independencia de Portugal en 1640 y la destitución del Conde Duque de Olivares, hizo que muchos judeoconversos emigrasen hacia otras ciudades europeas.
Los judeoconversos que decidieron quedarse, tuvieron que afrontar su suerte.

 

1 Con la quiebra financiera del Estado, heredada del reinado de Felipe IV y no repuesta durante el reinado de Carlos II, después de la Guerra de Sucesión (1705 - 1713), el Santo Oficio necesitaba confiscar bienes y recaudar ingresos para afrontar el futuro con autonomía.

La posición desahogada de muchos judeoconversos portugueses, proporcionó elevadas cantidades de dinero a las arcas de la Inquisición.
El Santo Oficio comenzó el siglo XVIII dejando en España una huella de violencia injustificable, barbarie que acababa con la muerte o el exilio de muchos judeoconversos portugueses.

En la década (1730 - 1740) declinó ostensiblemente la represión contra los judeoconversos, iniciándose un retroceso en la represión sobre los casos de judaísmo.

En 1818 se procesó al último judeoconverso.

LA MILAGRERÍA.- Con la apagada actividad del Santo Oficio entre (1621 - 1700), aparecen en España un elevado número de casos relacionados con la milagrería que terminan por perturbar la ortodoxia que imponía la Iglesia.

Entre los casos que llamaron el interés de la Inquisición, se encuentran: el de la religiosa franciscana María de Agreda (conocida como María Coronel), el caso de la monja clarisa Luisa de la Ascensión (conocida como la monja de Carrión), el caso de Miguel de Molinos (promotor del molinosismo).

 

 

 

§ Las 'visiones' y 'escritos' de la franciscana María de Agreda centraron el interés de la Inquisición.
En 1631 las 'visiones' fueron contestadas con un "Memorial" para intentar aclarar la milagrosa evangelización de extensas regiones de México.
El caso fue archivado por el Consejo de la Suprema y Real Inquisición, manifestando el carácter cristiano y católico de la religiosa.

 

 

 

§ Las visiones, revelaciones y hechos portentosos de la religiosa clarisa Luisa de la Ascensión fueron investigados por la Inquisición.
Aunque su muerte tuvo lugar en pleno proceso inquisitorial, el caso siguió abierto, hasta que se dictó sentencia absolutoria, pero condenando y prohibiendo el uso de cualquier medio relacionado con su vida y milagros.

 

 

 

§ Miguel de Molinos fue el promotor de una doctrina que recibió el nombre de 'molinosismo'.
Desarrollando una labor literaria y espiritual, alcanzando el respeto de personalidades como el pontífice Inocencio XI.
A partir de 1675, su obra y pensamiento, particularmente su obra 'Guía Espiritual', tuvo en los jesuitas unos duros contradictores.
Abandonado por amigos y protectores, fue acusado de proposiciones de carácter herético, siendo arrestado en Roma por la Inquisición y condenado a cárcel perpetua. Moría en la cárcel en 1696.
Coincidiendo con la sentencia que dictó la Inquisición romana en 1687, el pontífice Inocencio XI con la Bula
Coelestis Pastor condenaba toda la obra de Miguel de Molinos.

LA MASONERÍA.- Es una asociación de personas que profesan principios de fraternidad mutua, estructurados jerárquicamente, utilizan emblemas y signos especiales y se agrupan en entidades llamadas 'Logias'.

Los orígenes de estas sociedades secretas se encuentran en corporaciones medievales inglesas y alemanas de los gremios de albañilería.

Las construcciones de Palacios, Catedrales y otras Edificaciones, facilitó que se crearan agrupaciones que guardaban celosamente el secreto de técnicas y reglas de construcción.

Desde mediados del siglo XVII (New regulations, 1663), las Logias permitieron el acceso de personas no vinculadas directamente con la construcción: eran los accepted masons (masones aceptados).

La simbología masónica deriva directamente de los orígenes constructores: la escuadra, el compás, la paleta, la plomada, el mazo y el mandil, cada uno con su significado adquirido y con unos poderes determinados.
Más oscuras resultan las especulaciones sobre la vinculación entre masonería y esoterismo, que durante la mayor parte del siglo XVIII fueron constantes y profundas.

En 1717 se fusionaron las cuatro logias londinenses creando la primera logia moderna 'La Gran Logia de Londres'.
Siguiendo su ejemplo, se fundaron Grandes Logias en Escocia (1722), Francia (1725-33), España (1728), Países Bajos (1730), Prusia (1738).

La Masonería española apareció en Madrid en 1728, debido al duque de Wharton.
La constitución de la primera Logia de la que se tiene noticias en España, estaba formada en su mayoría por ciudadanos ingleses.

La Masonería, con su condición de sociedad secreta, manifestó en sus primeros movimientos un pensamiento liberal, un carácter anticatólico, un ceremonial litúrgico con simbolismo, lo que le valió la condena de la Iglesia y la persecución de sus miembros.
En este sentido, el pontífice Clemente XII promulgó en 1738 un Bula condenando a la Masonería.

El Santo Oficio en España, siendo Inquisidor General Andrés de Orbe y Larreategui, con un edicto de 11 de octubre de 1738, además de reproducir la Bula Papal, condenaba la compañía de Francs-Massons.

La mayor parte de los francmasones optaron por la autodelación para escapar de la persecución y condena, resultando absueltos.

Una Bula promulgada en 1751 por el papa Benedicto XI, traslada al poder secular la lucha contra la masonería al endurecer la conveniencia de su condena.
Como consecuencia, el Rey Fernando VI promulgó un Decreto el 2 de julio de 1751 prohibiendo las congregaciones de los francmasones.

Desde la invasión francesa en 1808, la suerte de las Logias se encuentra unida a la alternancia entre posiciones liberales o conservadoras.
En esta línea, con la invasión francesa se fundó la 'I Gran Logia Nacional de España'.
Con la restauración de Fernando VII, se restablece la Inquisición, volviendo a la condena y prohibición de la Masonería.

El General Franco se manifestó siempre enemigo de la masonería.   

La continua persecución de cualquier tipo de disidencia política, religiosa o ideológica culminó en febrero de 1939 con la Ley de Responsabilidades Políticas, y posteriormente, en marzo de 1940 con la Ley de Represión de la Masonería y Comunismo, ambas de carácter retroactivo hasta el 1 de octubre de 1934.
 

LA ABOLICIÓN DEL SANTO OFICIO (15-7-1834)

José I 

Constitución 1812 

 

José Bonaparte, Rey de España, el 4 de diciembre de 1808 firmó un Decreto suprimiendo el Santo Oficio por atentar contra la Soberanía y la Autoridad Civil.
En el Decreto se ordenaba la incautación de todos los bienes del Santo Oficio.

En 1810 el Consejo de Regencia, constituido para suplir a la Junta Suprema Central, con la finalidad de gobernar y coordinar la lucha contra los franceses, consideró conveniente mantener al Santo Oficio para hacer frente a la invasión de Napoleón.

Para normalizar el Santo Oficio se propuso al Obispo de Orense, Pedro Quevedo Quintana, como Inquisidor General.
Sin embargo, reunidas las Cortes de Cádiz el 24 de septiembre de 1810, con un claro enfrentamiento entre partidarios y detractores de la Inquisición, no ratificaron la normalización del Santo Oficio.

Ante la incertidumbre de las Cortes de Cádiz, en julio de 1811 se formó una Comisión para el estudio de la normalización del Santo Oficio. El estudio fue favorable a la implantación de la Inquisición, y aunque en solicitó una resolución formal al respecto, nunca llegó a ser debatido en Asamblea.

En marzo de 1812 las Cortes de Cádiz aprobaron la Constitución. Con la intención de tomar una decisión definitiva respecto al Santo Oficio se formó una Comisión para realizar un nuevo estudio.

El 8 de diciembre de 1812, la Comisión (formada por los diputados, Agustín Argüelles, José de Espiga, Andrés de Jauregui, Mariano Mandiola, Diego Muñoz Torrero y Antonio Olivares) emitió su dictamen donde se establecía la incompatibilidad de la Constitución con el Santo Oficio.
Después de la discusión por parte de la Asamblea, el Decreto de 22 de febrero de 1813 abolía el Santo Oficio.

Fernando VII regresó al trono en marzo de 1814, con la primera restauración absolutista (1814 - 1820), las reformas emprendidas a partir de 1810 quedaron suspendidas, los decretos y leyes aprobados por la Asamblea de Cádiz fueron derogados, las Cortes quedaron clausuradas y muchos diputados tuvieron que exiliarse.
Por Real Decreto de 21 de julio de 1814 se restablecía el Santo Oficio, nombrado Inquisidor General al Obispo de Almería, Francisco Javier Mier y Campillo.
Con la intención de desarrollar reformas, se contemplaba la creación de una Comisión con miembros del Consejo de la Inquisición y Consejo Real.

En la primera restauración absolutista (1814 - 1820) se produjeron varios pronunciamientos liberales, que al final fracasaron todos. Los más importantes son los de Espoz y Mina, Díaz Porlier, y el general Lacy.

En 1818 se nombró Inquisidor General a Jerónimo Castellón y Salas, Obispo de Tarazona.
En el sexenio (1814 - 1820), el Santo Oficio se desenvolvió con escasa participación y una situación económica precaria. 

Con el triunfo del movimiento constitucional del 7 de marzo de 1820, se decreta la abolición del Santo Oficio el 9 de marzo de 1820, declarando incompatible la Constitución de 1812 con el Santo Oficio.

Abolición de la Inquisición en Barcelona en 1820 - Portal Fuenterrebollo
Abolición de la Inquisición en Barcelona en 1820.   Instituto Nacional de la Historia, Barcelona

El teniente coronel Rafael Riego, al mando de un cuerpo de ejército se sublevó en Cabezas de San Juan (Cádiz) contra el régimen absolutista impuesto por Fernando VII. A partir de este momento se inició el Trienio Liberal (1820 - 1823), Fernando VII se mantuvo en el trono español después de prestar juramento a la Constitución de 1812.

Luis Antonio de Borbón y Saboya (1775-1844), Delfín de Francia, 'Duque de Angulema', hijo primogénito de Carlos X y María Teresa de Saboya - Portal Fuenterrebollo

Durante el Trienio Liberal se produjeron varias intentonas absolutistas, aunque solo tres de ellas fueron importantes: La sublevación de la Guardia Real en 1822, la Regencia de Urgel en 1822, Los Cien Mil Hijos de San Luis en 1823 (último proceso absolutista que acabo con el Trienio Liberal).
En abril de 1823, los Cien Mil Hijos de San Luis, comandados por el Duque de Angulema (Luis Antonio de Borbón y Saboya (1775-1844), Delfín de Francia, 'Duque de Angulema', hijo primogénito de Carlos X y María Teresa de Saboya), terminan con el Trienio Liberal, abriendo paso a la segunda restauración absolutista (1823 - 1833), conocida como la década ominosa, caracterizada por la represión contra los liberales.
A pesar de la derogación de todas las leyes suscritas en el Trienio Liberal, el Santo Oficio no volvió a ser instaurado, lo que provoca una fuerte contestación por parte de obispos y grupos conservadores. Algunos Obispos crearon por su cuenta las llamadas
Juntas de Fe, que desempeñaron algunas funciones similares a las del extinto Santo Oficio.

Con la creación de las Juntas de Fe, el pontífice Pío VIII promulgó un Breve el 5 de octubre de 1829 designando al Tribunal de la Rota como destinatario de las posibles apelaciones. De este modo, las apelaciones no serían enviadas a Roma, cuestión que se interpretaba como un conflicto con los derechos soberanos de España.

En la regencia de María Cristina (viuda de Fernando VII), el 15 de julio de
1834 se publicó el Edicto definitivo de abolición del
Santo Oficio.


Las Juntas de Fe fueron disueltas por un Edicto de 1 de julio de 1835.

 

Edicto de Abolición de la Inquisición, (15-7-1834) - Portal Fuenterrebollo

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Convento de la Santa Cruz (Segovia)

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